LOCTI

Fundamentada en el artículo 110 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, según el cual la Ciencia y Tecnología son asunto de interés público, nace la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI), un instrumento legal de avanzada mediante el cual se promueve, estimula y fomenta la investigación científica, la apropiación social del conocimiento y la transferencia e innovación tecnológica, a los fines de generar uso y circulación del conocimiento e impulsar el desarrollo nacional.

En el marco de la LOCTI las grandes empresas están en la obligación de hacer aportes y/o inversiones para el fomento y desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación en Venezuela.

Gracias a los aportes e inversiones hechas por las grandes empresas pueden contarse como logros:

  • Aumento del presupuesto de las universidades y centros de investigación y desarrollo del país
  • Generación de nuevos esquemas organizacionales para la promoción y divulgación de las competencias y capacidades instaladas en las instituciones de educación superior y centros de investigación (públicos – privados)‏
  • Activación de unidades de investigación y desarrollo de empresas nacionales
  • Creación de redes de cooperación productiva en empresas vinculadas al sector agroalimentario, construcción y manufacturero

Cumpliendo a cabalidad con la LOCTI en breve tiempo Venezuela contará con un sistema científico y tecnológico más fuerte, capaz de convertirse en el motor de la construcción del proyecto de una nación libre, independiente y soberana.

 

 

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